AFIP LANZA UN
PLAN DE PAGOS DE HASTA 60 CUOTAS PARA DEUDAS VENCIDAS CON UNA TASA DEL 2,5%
MENSUAL
Será para cancelar obligaciones impositivas y previsionales
Regirá desde el 15 de mayo al 31 de agosto, pero la primera cuota recién
vencerá el 16 de septiembre de este año
También se podrán refinanciar las deudas incluidas en el plan Puente II
La
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará un nuevo plan
de facilidades de pago para deudas impositivas y de la Seguridad Social
vencidas al 31 de enero de 2019 que, además, permitirá la refinanciación de las
deudas incluidas en el plan Puente II.
El nuevo plan
de facilidades otorga la posibilidad de refinanciar perÃodos impagos vinculados
a obligaciones impositivas y previsionales, e incluye retenciones y
percepciones impositivas.
Entre los
beneficios de la iniciativa se destacan una tasa máxima del 2,5% mensual y un
pago a cuenta de solo el 1% de la deuda para las PYMES, monotributistas y
autónomos.
La tasa máxima
del 2,5% mensual también regirá para el resto de los contribuyentes que
realicen un pago inicial a cuenta del 20% de su deuda; en tanto, aquellos que
opten por un pago a cuenta del 5 o del 10 por ciento no gozarán de este
beneficio.
La primera
cuota del plan de facilidades vencerá el próximo 16 de septiembre de 2019,
cualquiera sea la fecha de ingreso al plan.
El nuevo plan
tendrá una cantidad máxima de 60 cuotas, mientras que el monto mÃnimo del pago
a cuenta y de la cuota mensual será de $1.000.
Esta cantidad
de cuotas regirá tanto para las PYMES como para el resto de los contribuyentes
que realicen el pago a cuenta del 20%; en cambio, las cuotas serán de hasta 36
para aquellos que aporten un pago a cuenta del 5% y de hasta 48 para quienes
opten por el 10 por ciento.
Para las
cuotas se tomará como base la tasa de interés TM20 (que resulta de un promedio
del interés que pagan los bancos por los depósitos a plazo fijo superiores a
los $ 20 millones), con un cálculo que se determinará cada tres meses, en
base a su valor vigente el dÃa 20 del mes anterior a cada trimestre. Como
ejemplo, cabe mencionar que la tasa del trimestre octubre-diciembre de este año
se fijará con el valor del 20 de septiembre.
Los
contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de mayo y el 31 de agosto de
este año, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20%; en este
caso, el plan solo estará disponible hasta el 25 de junio próximo.
Este régimen
admitirá también, a partir del 1º de junio, la refinanciación de las deudas
incluidas del plan Puente II, vencido el 31 de enero último, con un pago
inicial a cuenta y considerando el saldo adeudado.
Un aspecto a
señalar es que no están incluidos en este plan de facilidades de pago los
anticipos, pagos a cuenta, intereses provenientes de capital cancelado,
impuesto adicional emergencia sobre el precio final de venta de
cigarrillos, impuesto sobre los combustibles lÃquidos y gas natural,
obligaciones vinculadas con regÃmenes promocionales e impuesto especÃfico sobre
la realización de apuestas.
Este es un
nuevo paso de la AFIP en la búsqueda de facilitar a los contribuyentes el
desarrollo de sus actividades y, a la vez, el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias.