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SIMI CATEGORIA C

SIMI CATEGORIA C

 

Informamos  que se ha publicado la Comunicaci?n "A" 7488 del BCRA, en la cual se establece una nueva categor?a en las SIMI (C).

El acceso al mercado de cambios para las SIMI categor?a "C" tendr? las mismas condiciones que las vigentes para aquellas de categor?a "A", siempre que cumpla los siguientes requisitos: 

 

a) Los bienes que se importan corresponden a las posiciones arancelarias seg?n la Nomenclatura Com?n del MERCOSUR identificadas en su Anexo.

 

b) El cliente ha presentado una certificaci?n de auditor externo dejando constancia que, de concretarse la operaci?n, las existencias de las materias primas y/o de los bienes intermedios o finales elaborados a partir de ?stas no superar?n los niveles que se requiere para su actividad normal.

 

c) La entidad cuenta con una declaraci?n jurada del importador en la que deje constancia de que, en caso de haber sido convocados tanto ?l como su grupo econ?mico a un acuerdo de precios por el Gobierno Nacional, no han rechazado participar en tales acuerdos ni han incumplido lo acordado en caso de poseer un programa vigente. 

 

La asignaci?n de la categor?a "C" en una SIMI por parte del BCRA ,se encontrar? sujeta al l?mite del importador para tal categor?a seg?n la metodolog?a de c?lculo descrita en la normativa.

 

ANEXO

Posiciones arancelar?as seg?n Nomenclatura Com?n del MERCOSUR (NCM)

 

0901.11.10

1107.10.10

1801.00.00

1803.10.00

1804.00.00

1805.00.00

2601.11.00

2601.12.10

2701

2702

2703

2704

2705

2706

2707

2708

3901

3902

3903

3904

3905

3906

3907

3908

3909

3910

3911

3912

3913

3914

4001

4002

4401

4402

4403

4501

4703

7201

7202

7401

7402

7403

7408

7502

7601

7801

7901

8001

08/04/2022